Díaz: el registro horario está en trámites finales y se aprobará
Yolanda Díaz (11 may) reafirma el RD de registro horario digital: trámites administrativos finales y aprobación antes del verano como horizonte vigente.

Nota legal: Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. El Real Decreto de registro horario digital no está aprobado ni publicado en el BOE. La obligación vigente sigue siendo la del Real Decreto-ley 8/2019.
”Está culminando sus trámites administrativos”
Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, volvió a pronunciarse sobre el Real Decreto de registro horario digital el lunes 11 de mayo en declaraciones recogidas por Europa Press:
“El registro está culminando sus trámites administrativos y se aprobará.”
“Yo no doy fecha exacta porque depende de los departamentos responsables, pero se aprobará.”
La novedad respecto a meses anteriores es que la ministra ubica el texto en la fase final del recorrido administrativo, no en la fase de discusión de fondo.
Qué significa “trámites administrativos finales”
Tras el dictamen del Consejo de Estado — emitido en marzo y de carácter no vinculante — quedan estos pasos:
- Ajustes de redacción del texto.
- Conformidad de los ministerios afectados (Trabajo y Economía).
- Programación en el orden del día del Consejo de Ministros.
- Aprobación y firma en Consejo de Ministros.
- Publicación en el BOE y entrada en vigor (con vacatio legis si procede).
La ministra evita comprometer un día concreto porque la programación del Consejo de Ministros no depende de Trabajo, sino del conjunto del Gobierno. La estimación que Díaz comprometió a principios de mayo — aprobación antes del 21 de junio — sigue siendo el horizonte público de referencia, y el Plan Normativo 2026 ya recoge el reglamento como medida prioritaria del año.
El contenido del borrador no se ha movido
Mientras el calendario avanza, el contenido del texto se mantiene sin recortes sustanciales. El borrador que se llevaría al Consejo de Ministros conserva la prohibición del registro en papel, exige que los fichajes sean inmutables y trazables, fija cuatro años de conservación accesibles a la Inspección de Trabajo en tiempo real o sin demora indebida, obliga a soportar varios dispositivos y puestos de trabajo, y refuerza el régimen sancionador. La LISOS actual contempla hasta 7.500 € por centro de trabajo; el borrador eleva el criterio a hasta 10.000 € por trabajador afectado, lo que cambia la magnitud de las multas en empresas con plantilla significativa.
Detrás está la sentencia del TJUE (asunto CCOO/Deutsche Bank, C-55/18, de 14 de mayo de 2019) que obliga a España a tener un registro “objetivo, fiable y accesible”, una base jurídica que ni Díaz ni el Consejo de Estado pueden tocar.
Las cuestiones que aún pueden afinarse en la fase final son el periodo de vacatio legis — Economía pidió un año de plazo para PYMEs — y los matices sobre alcance subjetivo: autónomos sin asalariados, alta dirección y sector público. El núcleo digital del decreto está cerrado.
Del “aunque sea lo último que haga” al “está culminando”
En marzo, tras el dictamen desfavorable del Consejo de Estado, Díaz zanjó el debate en el Congreso con un “aunque sea lo último que haga”. En abril y los primeros días de mayo reiteró el compromiso de aprobación antes del verano. Las declaraciones del 11 de mayo encajan en esa línea, pero por primera vez sitúan el expediente en fase de trámites finales en lugar de defenderlo de las críticas.
Qué hacer mientras el RD no llega al BOE
La obligación vigente — la del RD-ley 8/2019 — ya exige registro diario de jornada. El RD nuevo cambia la forma (digital, inmutable, conservado, accesible), no la existencia de la obligación.
Las inspecciones que están sancionando en 2026 lo hacen con la normativa actual y la doctrina del TJUE. Los tribunales han empezado a rechazar Excel manipulables o partes en papel sin trazabilidad: en una sentencia del TSJ de Cataluña sobre registros con tachaduras, el tribunal mantuvo una condena de 928 horas extra al considerar que el registro no era fiable, y ese razonamiento ya lo está aplicando la Inspección antes de que el reglamento llegue al BOE.
Si la aprobación llega efectivamente antes del verano y el vacatio legis es corto, las empresas que aún registran en papel o Excel tendrán pocas semanas para encajar el cambio. La incógnita que sí justifica esperar es el alcance final sobre autónomos sin asalariados, alta dirección y sector público; afecta a casos concretos.
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