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Un empleado simulaba fichar para ausentarse del trabajo y el TSJ confirma su despido

El TSJ de Cataluña confirma el despido de un mando que falseaba sus fichajes para ausentarse. El cruce con el control de accesos lo destapó.

Por Cleverfy ·
Un empleado simulaba fichar para ausentarse del trabajo y el TSJ confirma su despido

La conversación habitual sobre el registro de jornada gira en torno a la protección del trabajador: las horas extra que no se pagan, la carga de la prueba que se invierte cuando no hay registro. La sentencia STSJ Cataluña 4769/2026, del 5 de junio, recorre el camino contrario. Aquí el control horario sirve para destapar a un empleado que se ausentaba del puesto y dejaba constancia de horas que no había trabajado.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado el despido disciplinario procedente de un Jefe de Unidad del Ajuntament de la Llagosta, desestimando el recurso del trabajador.

Qué pasó

El trabajador, un trabajador social con la categoría de Jefe de Unidad y antigüedad desde 2007, tenía una jornada de 35 horas semanales: cinco horas de presencia obligatoria entre las 9:00 y las 14:00, y dos horas de horario flexible. El centro de trabajo era el propio ayuntamiento.

Durante diez jornadas de abril y mayo de 2023, abandonó su puesto sin registrar las salidas y, en varios casos, dejó constancia de presencias que no eran reales. Algunos ejemplos que recoge la sentencia:

  • El 26 de abril su fichaje marcaba salida a las 19:55, cuando ya no estaba en el edificio.
  • El 21 de abril estuvo dentro poco más de dos horas, pero entró y salió nueve veces, con permanencias de minutos, sin marcar seis de esas salidas.
  • El 2 de mayo permaneció dentro tres horas y dieciséis minutos; el resto de la jornada lo pasó, según el seguimiento, mayoritariamente en bares.
  • El 4 de mayo no llegó a dos horas dentro del ayuntamiento.

El ayuntamiento ya tenía un sistema de control horario en el que cada persona debía fichar al entrar, al salir e introducir un código que justificaba cada ausencia (código 78 para el desayuno, 17 para trabajo fuera del centro, 44 para visita médica, 26 para asunto personal). El empleado se ausentaba sin cumplimentar ninguna incidencia.

El control de accesos delató los fichajes falsos

Los fichajes del trabajador, por sí solos, no probaban nada: estaban manipulados para aparentar normalidad. Lo que lo delató fue compararlos con el control de accesos del edificio, un registro independiente de entradas y salidas físicas que él no manejaba. Donde su fichaje marcaba “presente hasta las 19:55”, el control de accesos mostraba que había salido horas antes.

Esa contradicción entre dos registros —uno manipulable por el trabajador, otro no— es lo que convierte una sospecha en prueba. Un fichaje vale ante un tribunal en la medida en que deja un rastro objetivo y difícil de falsear contra el que contrastarlo.

La prueba de detectives se admitió, pero por un motivo procesal

El ayuntamiento había contratado a una detective privada que siguió al trabajador entre el 19 de abril y el 4 de mayo. En el recurso, el empleado alegó que esa prueba era ilícita.

El TSJ no entra a discutir a fondo la proporcionalidad de la vigilancia. La rechaza por una razón más técnica: el trabajador nunca impugnó la prueba en el momento procesal oportuno —no formuló protesta en el juicio ni planteó la nulidad por el cauce del artículo 193 a) de la LRJS— y, sobre todo, había reconocido las ausencias desde el principio, limitándose a intentar justificarlas. No se puede reconocer un hecho y, a la vez, pedir que se anule la prueba que lo acredita.

Es un matiz que importa para cualquier empresa tentada de extrapolar el caso: la sentencia no es un cheque en blanco para la vigilancia con detectives. El informe del detective aquí fue un elemento más, ratificado por el propio reconocimiento del trabajador y por los registros de jornada, no la prueba estrella sometida a un examen de licitud que el tribunal ni siquiera tuvo que resolver.

Por qué no le sirvió alegar enfermedad

El trabajador intentó atenuar su responsabilidad alegando un divorcio doloroso, una patología psiquiátrica y una adicción al alcohol, invocando la teoría gradualista para que el despido se considerara desproporcionado.

El tribunal lo descarta por falta de prueba: solo constaba el proceso de divorcio en los meses previos, y eso, “más allá de una entendible situación de intranquilidad o desasosiego”, no equivale a una enfermedad mental que afecte a la voluntariedad de la conducta. Los informes médicos que aportó eran posteriores a la apertura del expediente. Sin acreditar una afectación real de su capacidad volitiva en las fechas de los hechos, la gravedad de la conducta se mantiene intacta, agravada además por tratarse de un mando con personas a su cargo.

La teoría gradualista exige proporcionalidad entre falta y sanción, pero esa proporcionalidad se valora sobre hechos probados. Aquí los hechos eran reiterados, graves y reconocidos.

Qué lectura tiene para una empresa

La sentencia confirma algo que suele quedar en segundo plano: el registro de jornada, además de una obligación frente a la Inspección, es una herramienta de control interno. Pero solo funciona como prueba si es fiable y trazable; un registro que depende de lo que el trabajador teclee se manipula con la misma facilidad con la que se cumplimenta.

El borrador del Real Decreto de registro horario insiste en eso: asientos no modificables sin dejar rastro, trazabilidad de cada cambio, totalización fiable. Los mismos requisitos que protegen al trabajador son los que permiten a la empresa detectar el absentismo encubierto. En puestos con responsabilidad de mando, donde la supervisión presencial es menor, esa trazabilidad pesa todavía más.

Cómo encaja un sistema digital

Con un fichaje digital como Cleverfy, cada marcaje queda con su hora exacta y, si se activa, con validación de ubicación por geolocalización. Eso no elimina por completo la picaresca —ningún sistema lo hace—, pero sí cambia el punto de partida: el rastro que queda es objetivo y las correcciones quedan registradas con su autoría, tal y como exige la norma.

En el caso de la sentencia, el ayuntamiento necesitó cruzar dos sistemas distintos y contratar un detective para reconstruir lo ocurrido semanas después. Un registro digital fiable acorta ese camino: la contradicción entre lo declarado y lo real aflora en los propios datos, sin reconstrucciones forenses.

Mira cómo funciona Cleverfy y comprueba lo fácil que es tener un registro de jornada que sostiene tanto al trabajador como a la empresa.


Esta sentencia no es firme y puede recurrirse en casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo. Fuentes: STSJ Cataluña 4769/2026 (CENDOJ, ECLI:ES:TSJCAT:2026:4769).

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