¿Cuántas horas extra se pueden hacer legalmente al año?
El tope legal son 80 horas extra al año, pero hay horas que no computan y un matiz que cambia el cálculo. Guía para la empresa con el límite y sus excepciones.

“¿Cuántas horas extra se pueden hacer legalmente al año?” es la pregunta que se hace todo responsable de personal antes de tirar de plantilla en un pico de trabajo. La respuesta corta es 80 horas al año. Pero ese tope no se aplica igual a todos: hay horas extra que no computan y el número baja en los contratos que no cubren el año entero. Lo vemos desde el punto de vista de la empresa, que es quien responde si se pasa.
Respuesta rápida
| Concepto | Regla |
|---|---|
| Límite general | 80 horas extraordinarias al año |
| Compensadas con descanso (en 4 meses) | No computan |
| Por fuerza mayor | No computan |
| Tiempo parcial | No pueden hacer horas extra (hacen complementarias) |
| Contrato inferior a un año | El tope se prorratea |
| Menores de 18 | Prohibidas |
El límite legal: 80 horas al año
Lo fija el artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores:
“El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año.”
Conviene leerlo bien: 80 no es una cuota que la empresa pueda repartir a su antojo ni un derecho del trabajador a cobrar ese exceso. Es un techo anual por persona que no se puede rebasar. Y como las horas extra son voluntarias salvo pacto o fuerza mayor, la empresa no siempre podrá llegar ni siquiera a ese máximo.
Las horas extra que no computan en el tope
El tope de 80 tiene dos salidas que amplían el margen de la empresa sin infringir la ley:
Horas compensadas con descanso. Si la hora extra se abona con descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes a su realización, no computa en el límite anual. Es la vía que usan muchas empresas para gestionar picos sin tocar el tope: en lugar de pagar la hora, se devuelve como tiempo de descanso.
Horas por fuerza mayor. Las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes (art. 35.3 ET) quedan fuera del cómputo. Aquí conviene ser estricto: fuerza mayor es un hecho imprevisible y urgente, no un pedido grande que se veía venir, y la Inspección revisa que no se abuse de esta vía.
El prorrateo en contratos cortos
El límite de 80 horas presupone un contrato indefinido a jornada completa durante todo el año. Cuando eso no se cumple, hay que prorratear:
- Un contrato de 6 meses tiene un tope aproximado de 40 horas extraordinarias.
- Un contrato de 3 meses, unas 20 horas.
Aplicar las 80 completas a un contrato temporal corto es un error frecuente que la Inspección detecta cruzando la duración del contrato con las horas totalizadas.
Tiempo parcial: horas complementarias, no extraordinarias
Con el tiempo parcial no hay prorrateo que aplicar. Los contratos a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias, con la única excepción de las de fuerza mayor. Lo que sí pueden hacer son horas complementarias, que deben estar pactadas y tienen su propio límite y su propia regulación. Muchas sanciones nacen precisamente de tratar como horas extra lo que en un contrato parcial solo puede ser complementario. Lo desarrollamos en el análisis sobre contratos parciales y presunción de jornada completa.
¿Y si la empresa supera el tope?
Pasarse de las 80 horas anuales es una infracción sancionable por la Inspección de Trabajo. Para saber si te acercas al límite hay que contar las horas extra de cada persona, y eso solo es posible con un registro de jornada que separe lo ordinario de lo extraordinario.
Sin ese registro, la empresa ni siquiera puede demostrar que respeta el tope. Y en una reclamación por horas extra la carga de la prueba se vuelve en su contra: los tribunales vienen dando por buena la versión del trabajador cuando el registro es inexistente o manipulable. Lo hemos visto en el criterio del Tribunal Supremo sobre la carga de la prueba de las horas extra.
Cómo controlar el límite sin llevar la cuenta a mano
La obligación no es solo registrar la jornada diaria, también totalizar las horas extraordinarias cada mes e informar de ellas al trabajador y a la representación legal. Hacerlo en una hoja de cálculo es donde se pierde el control del tope.
Un software de registro de jornada como Cleverfy:
- Registra la hora real de entrada y salida con marca temporal inalterable.
- Separa las horas ordinarias de las extraordinarias y las acumula por persona.
- Avisa cuando alguien se acerca a su tope anual, prorrateo incluido.
- Distingue lo que se paga de lo que se compensa con descanso, para saber qué computa.
- Genera el informe listo para la Inspección o para responder a una reclamación.
Con el nuevo Real Decreto de registro de jornada en camino, ese registro deberá ser además digital e inalterable.
Conclusión
El máximo legal son 80 horas extraordinarias al año, pero el número real que puede exigir la empresa depende de tres cosas: qué horas se compensan con descanso, si hay fuerza mayor y si el contrato cubre todo el año. En tiempo parcial, directamente no caben. La única forma de moverse dentro del límite sin arriesgar una sanción es contar cada hora extra por persona con un registro fiable, que además es lo que te protege si algún día hay reclamación.
Prueba Cleverfy gratis 14 días → · Ver planes desde 1,20 €/usuario →
Nota legal: artículo informativo, no constituye asesoramiento jurídico. Basado en los artículos 34 y 35 del Estatuto de los Trabajadores. Los convenios colectivos pueden establecer condiciones específicas; consulta el tuyo antes de tomar decisiones.
Fuentes:
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?
El máximo legal es de 80 horas extraordinarias al año (art. 35.2 del Estatuto de los Trabajadores). Funciona como techo por persona: no se puede superar salvo en los supuestos que la ley deja fuera del cómputo.
¿Qué horas extra no cuentan para el límite de 80?
No computan las horas extra compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización, ni las horas extraordinarias por fuerza mayor (las necesarias para prevenir o reparar siniestros y daños urgentes).
¿El límite de 80 horas se aplica igual a los contratos a tiempo parcial?
No. Los contratos a tiempo parcial no pueden hacer horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor. Amplían su jornada mediante horas complementarias, que tienen su propia regulación y su propio tope.
¿Cómo se prorratea el límite si el contrato no dura todo el año?
En contratos de duración inferior al año, el máximo de 80 horas se reduce en proporción al tiempo trabajado. Un contrato de 6 meses tendría un tope aproximado de 40 horas extraordinarias.
¿Qué pasa si un trabajador supera las 80 horas extra al año?
Superar el límite es una infracción de la empresa, sancionable por la Inspección de Trabajo. Además, sin un registro de jornada fiable la empresa no puede acreditar cuántas horas extra se han hecho, y la carga de la prueba juega en su contra en una reclamación.
¿Es obligatorio registrar y totalizar las horas extra?
Sí. La empresa debe registrar la jornada diaria de toda la plantilla y totalizar las horas extraordinarias cada mes, informando al trabajador y a la representación legal. Es la única forma de demostrar que se respeta el tope de 80 al año.
También te puede interesar

Control horario digital obligatorio 2026, cómo cumplir la ley paso a paso
Guía práctica del control horario digital: qué exigirá la nueva normativa (en tramitación) y cómo implantarla en tu empresa paso a paso.

Registro horario digital obligatorio, estado del Real Decreto y cuándo entra en vigor
Díaz anuncia la aprobación con carácter inmediato tras los cambios del Consejo de Estado. Fichaje digital obligatorio y cómo prepararte.
¿Necesitas control horario?
Configura Cleverfy en menos de 10 minutos y cumple la normativa desde hoy.
Prueba gratis 14 días →La información de este artículo se ofrece con fines informativos y se verificó en su fecha de publicación o última actualización; puede haber cambiado y puede contener errores. Los datos sobre productos de terceros proceden de fuentes públicas. Cleverfy no garantiza su exactitud ni se responsabiliza de las decisiones tomadas a partir de ella. Consulta siempre las fuentes oficiales antes de actuar.