Tribunal Supremo: la autodeclaración del trabajador es válida
La STS 18/1/23 confirma que las apps donde el empleado registra su propia entrada y salida son legalmente válidas. Descubre qué implica para tu empresa.

¿Es válido que el trabajador registre su propia jornada?
Una de las dudas más frecuentes de las empresas es si un sistema de fichaje donde el propio empleado declara su hora de entrada y salida cumple con la ley. La respuesta es sí, y lo ha confirmado el Tribunal Supremo.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de enero de 2023
El Tribunal Supremo, en su STS de 18 de enero de 2023, estableció un criterio fundamental:
«Carece de virtualidad jurídica para negar en abstracto la objetividad y fiabilidad de un sistema de registro de jornada por el solo hecho de que atribuya al propio trabajador la obligación de hacer constar las horas de inicio y finalización de su jornada diaria, así como los periodos de descanso y otras interrupciones que no tienen la consideración de tiempo de trabajo efectivo.»
En otras palabras: el hecho de que sea el trabajador quien ficha no invalida el sistema.
¿Por qué es importante esta sentencia?
El Tribunal Supremo añade una reflexión clave:
«Es difícil imaginar un sistema de registro horario que no exija al trabajador la realización de una determinada acción al inicio y finalización de su jornada, en el momento de tomarse un tiempo para el descanso o las comidas, al entrar o salir del centro de trabajo, en fin, para dejar constancia de cualquier posible interrupción de la actividad laboral.»
Esto significa que:
- ✅ Apps de fichaje móvil son válidas
- ✅ Sistemas de autodeclaración cumplen con el art. 34.9 ET
- ✅ No se requiere control biométrico obligatoriamente
- ✅ El trabajador puede registrar desde cualquier ubicación
¿Qué requisitos debe cumplir el sistema?
Según la doctrina del TJUE (Sentencia de 14 de mayo de 2019, caso CCOO vs Deutsche Bank), el sistema debe ser:
- Objetivo — Registrar datos reales, no estimaciones
- Fiable — Garantizar la integridad de los registros
- Accesible — Permitir consulta por trabajadores, RLT e Inspección
Implicaciones para tu empresa
Si utilizas una app de control horario donde los empleados fichan ellos mismos:
- Estás cumpliendo la ley según el Tribunal Supremo
- No necesitas sistemas biométricos invasivos
- Puedes gestionar equipos en remoto o con movilidad
- Reduces costes frente a terminales físicos
La clave: trazabilidad e inalterabilidad
Lo que sí exige la normativa es que los registros sean inalterables y tengan trazabilidad. Es decir:
- No se pueden modificar sin dejar rastro
- Queda constancia de quién hizo cada registro y cuándo
- Los datos se conservan 4 años
Conclusión
La autodeclaración del trabajador es perfectamente válida. Lo importante no es quién registra, sino que el sistema garantice la objetividad, fiabilidad y accesibilidad de los datos.
Con Cleverfy, tu empresa cumple todos estos requisitos con un sistema sencillo, fiable y avalado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Fuentes: STS 18 de enero 2023 (rec. 2945/2020), STJUE 14 de mayo 2019 (C-55/18, CCOO), Art. 34.9 ET
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